02 marzo, 2005

Unidos contra la delincuencia organizada

La desaparición de las fronteras interiores en la Unión Europea ha fomentado el comercio, la industria y la libertad de circulación de las personas. Pero debe combatirse con determinación la delincuencia organizada, que quiere aprovecharse de la libertad de movimientos dentro de la UE: bandas criminales han descubierto nuevos medios para sus actividades ilegales como, por ejemplo, nuevos métodos para el blanqueo de dinero, para el contrabando de órganos humanos y para escapar de la acción de la Justicia. La libertad debe tener ciertos límites en la UE.

La Unión Europea ha aprobado dos normas legislativas que constituyen unos instrumentos decisivos para combatir el blanqueo de dinero. Una de ellas, que ya está siendo aplicada en los Estados miembros, tiene por objeto evitar la utilización abusiva del sector financiero, y la segunda está dirigida a fomentar la colaboración de las autoridades aduaneras para vigilar los movimientos ilegales de dinero en efectivo.

Para evitar los casos de transacciones ilegales en el sistema financiero, la UE ha modificado una Directiva de 1991 relativa al blanqueo de dinero para establecer unas condiciones más estrictas: el nuevo marco legislativo no sólo tiene en el punto de mira el blanqueo de dinero relacionado con el tráfico de drogas, sino todo tipo de blanqueo de dinero como, por ejemplo, el que sirve para financiar el terrorismo. En comparación con la antigua Directiva, la nueva impone a un mayor número de personas, como agentes inmobiliarios, notarios o negociantes en artículos de lujo, la obligación de comunicar sus sospechas en caso de que los clientes pudiesen estar lavando dinero sucio mediante dichas operaciones comerciales. Durante el procedimiento de conciliación se acordó que los intermediarios podrían comunicar a sus clientes que han remitido a las autoridades informaciones sobre las transacciones sospechosas.

Por lo que respecta a la controvertida cuestión de la salvaguarda del secreto profesional de los abogados, los diputados aceptaron el acuerdo alcanzado mediante el procedimiento de conciliación: se respeta el secreto profesional de los juristas excepto en el caso de que sean conscientes de que su asesoramiento puede utilizarse para operaciones de blanqueo de dinero.

Control aduanero del dinero sucio

Además de la Directiva mencionada, está en marcha un proyecto de Directiva para luchar contra el blanqueo de dinero mediante una cooperación reforzada entre las autoridades aduaneras en las fronteras exteriores de la UE. El control más estricto del sistema financiero no impide que diariamente entren y salgan del territorio de la UE grandes cantidades de dinero en efectivo -y numerosos objetos de valor- de origen dudoso. El proyecto de ley marco de la Comisión Europea prevé que toda persona que tenga el propósito de entrar o salir del territorio aduanero de la UE con una cantidad de dinero en efectivo de 15 000 o más euros deba declararlo a las autoridades.

Esto no satisface plenamente a los eurodiputados: en su opinión, no es suficiente con exigir una declaración, pues existe la posibilidad de que dicha declaración no se realice, de que se falsifique o de que el dinero se pase por la frontera en varias etapas y en cantidades más pequeñas. Los eurodiputados quieren hacer más severo el proyecto legislativo y ofrecer en el futuro a los Estados miembros de la UE la posibilidad de establecer, en vez de la obligación de presentar una declaración, un procedimiento de comunicación, para controlar la presentación de declaraciones. Cuando los aduaneros así lo pidan, deberá declararse la posesión de dinero en efectivo en cantidades iguales o superiores a 15 000 euros. En este caso, el viajero debe declarar el origen del dinero y su destino. Además, los eurodiputados quieren que las medidas no tengan forma de ley marco, como propone la Comisión, sino que se utilice un Reglamento directamente aplicable en los Estados miembros que entre en vigor a lo largo de 2004.

Por otro lado, los eurodiputados insisten en que el dinero en efectivo confiscado no se retenga en principio más de tres días laborables. En caso de que el Derecho nacional lo permita, los Estados miembros de la UE podrán prolongar este plazo hasta un mes, pero sólo una vez. Las informaciones obtenidas por las autoridades aduaneras deben transmitirse a una base de datos de Europol y dichas informaciones sólo podrán utilizarse para luchar contra el blanqueo de dinero.

Además, una Decisión del Consejo ha exigido a los Estados miembros de la UE que mejoren el intercambio de información entre sus autoridades competentes en materia de vigilancia de transacciones financieras sospechosas. Si se confirman las sospechas de que se están llevando a cabo operaciones de blanqueo de dinero, las autoridades competentes deben actuar con rapidez.

Contra el tráfico de órganos y tejidos humanos

El tráfico de órganos y tejidos humanos es una forma de comerciar con los cuerpos de las personas. Y para las organizaciones de delincuentes constituye un modo de hacer lucrativos negocios transfronterizos. La UE ha declarado resueltamente la guerra a esta grave violación de los derechos humanos y de la dignidad humana. De conformidad con un proyecto de Decisión marco sobre la cuestión, los Estados miembros de la UE deben castigar las actividades relacionadas con el tráfico de órganos y tejidos humanos. En ellas hay que incluir no sólo la extirpación y venta de partes del cuerpo humano, sino también la colaboración en el transporte, la importación o exportación y la conservación.

Un transplante de órgano o tejido humano es ilegal cuando los traficantes profesionales presionan a una persona o la obligan a donar un riñón, por ejemplo, aprovechando sus dificultades económicas, y ofrecen dicho órgano a un precio atractivo. Así es también cuando dichos traficantes profesionales chantajean a una persona o extirpan partes del cuerpo de una persona difunta sin que ésta haya aceptado en vida la donación de sus órganos.

El Parlamento Europeo ha dado unas claras muestras de apoyo al proyecto de Decisión marco relativa al tráfico de órganos y tejidos humanos. Además, los eurodiputados han exigido una modificación esencial del proyecto, al que, por lo demás, apoyan: quieren que se haga una mención expresa al riesgo que el comercio ilegal de órganos y tejidos humanos supone para la salud pública, dado que, en efecto, cuando se extirpan órganos y tejidos a alguien, mediante presión psíquica o económica, o mediante violencia, dicha persona no dará información sobre las posibles enfermedades que pueda tener. El receptor de tales órganos o tejidos corre el enorme riesgo de contraer dichas enfermedades, que pueden incluso causarle la muerte.

Para no desprestigiar el trasplante de órganos y tejidos humanos como tal, los eurodiputados han insistido en que se hable siempre, en la Decisión marco, de tráfico ilegal de órganos y tejidos humanos: debe quedar claro que no se hace ninguna referencia a los transplantes legalmente efectuados. Por lo demás, el tráfico ilegal sólo perderá su rentabilidad para las organizaciones mafiosas cuando se disponga legalmente de los órganos y tejidos suficientes. Por ello, los eurodiputados quieren alentar a los ciudadanos a donar sus órganos para que sean utilizados tras su muerte. Con ese fin, piden que se lleven a cabo campañas informativas al respecto en toda la UE. Los eurodiputados abogan por que los Estados miembros apliquen en sus ordenamientos jurídicos nacionales dicha Decisión, sobre la que delibera actualmente el Consejo, antes de finales de 2004.

Orden de detención europea: mayor sencillez y rapidez

La orden de detención europea, que puede expedirse desde principios de 2004, hará más fácil y rápida la entrega de presuntos delincuentes de un Estado de la UE a otro, bien se trate de blanqueo de dinero, de tráfico de órganos y tejidos humanos o de terrorismo. Mientras que, anteriormente, la entrega de delincuentes se aplazaba a menudo durante años y años, porque no existía entre los Estados de la UE el reconocimiento mutuo de las decisiones de sus autoridades judiciales, y los procedimientos de extradición eran largos y complejos, en la actualidad se dispone de un procedimiento unificado para toda la UE.

Desde la entrada en vigor de la Decisión marco de la UE, serán objeto de detención y entrega los delincuentes que hayan sido condenados por la Justicia a penas superiores a los cuatro meses de prisión, así como los presuntos delincuentes que puedan ser objeto de una condena superior al año de prisión. Son 32 los delitos tipificados en la Decisión marco relativa a la orden de detención y entrega europea; entre ellos se encuentran el terrorismo y la trata de seres humanos, los secuestros y los robos a mano armada, las violaciones y el racismo y la xenofobia. Las administraciones de Justicia de todos los Estados miembros de la UE tienen la obligación de ejecutar, con un mínimo de controles, la orden de detención expedida por cualquier otro Estado miembro de la Unión y de entregar la persona o personas buscadas 90 días, como muy tarde, después de su detención.

Desde el 1 de enero de 2004, Bélgica, Dinamarca, Irlanda, Finlandia, Portugal, Suecia, España y el Reino Unido ya aplican esta Decisión marco en sus ordenamientos jurídicos nacionales, así como, entre los nuevos Estados miembros, Hungría. Los demás Estados miembros tienen de plazo hasta el 1 de mayo de 2004.

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